Se encuentra usted aquí

RESOLUCIÓN Nº 2 – 2020

RESOLUCIÓN Nº 2 – 2020 Tribunal Electoral Universitario, Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, San Pedro de Montes de Oca, San José. Al ser las veintiún horas con treinta y cinco minutos del día diesciseis de marzo del año dos mil veinte.

EL TRIBUNAL ELECTORAL UNIVERSITARIO

RESULTANDO QUE:

  1. En fecha 7 de febrero de 2020, este Tribunal realizó la convocatoria de la Asamblea Plebiscitaria para la elección de la persona que ocupe el cargo de la Rectoría durante el periodo 2020-2024.

  2. En su oportunidad este órgano colegiado declaró como candidatos y candidata para ocupar el cargo de Rectoría, a los señores: Dr. José Ángel Vargas Vargas, cédula de identidad número 203710866., Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta, cédula de identidad número 106600352; Dr. Orlando Arrieta Orozco, cédula de identidad número 401730362; Dr. José Ralph García Vindas, cédula de identidad número 800920363 y a la señora, Dra. Lizbeth Salazar Sánchez cédula de identidad número 105860294.

  3. El Centro Coordinador Institucional de Operaciones (CCIO) de la Universidad de Costa Rica ha emitido diversos comunicados en relación con la pandemia COVID-19.

  4. El Gobierno de la República emitió en fecha 16 de marzo de 2020 el Decreto Ejecutivo 42227-MP-S en donde dispuso el estado de emergencia nacional con motivo de la citada pandemia.

  5. La Rectoría de la Universidad de Costa Rica emitió la Resolución R-95-2020 a las ocho horas del día 16 de marzo de 2020 en la que dispuso entre otras, la suspensión tanto de la docencia presencial como de otras actividades e igualmente la aplicación de trabajo remoto para las personas docentes y administrativas.

 

CONSIDERANDO QUE:

  1. El proceso electoral para la designación de la persona que ocupará la Rectoría, responde a un período en el que la comunidad universitaria debe estar inmersa en un proceso de reflexión durante el cual pueda informarse de las propuestas que las distintas candidaturas ofrecen para, de esta manera, emitir un sufragio responsable.

     

  2. En concordancia con las acciones preventivas y de mitigación dictadas por el Ministerio de Salud y la Organización Mundial de la Salud para la atención de la pandemia, y aunado a que la comunidad universitaria está llamada a cumplir con las medidas de atención y coordinación interinstitucional ante esta alerta sanitaria, las cuales este Tribunal respalda y apoya, es el momento para que la Educación Superior Pública redirija sus esfuerzos hacia la defensa de la salud como derecho humano, progreso social y el Estado de Derecho.

  3. Ante la incertidumbre que enfrentamos como Institución y aunado al hecho de que se ha suspendido la actividad lectiva presencial, deviene materialmente imposible que la Asamblea Plebiscitaria enfoque sus esfuerzos para legitimar la voluntad popular manifestada mediante el acto electoral.

  4. Tal situación afecta significativamente el proceso electoral y justifica la modificación tanto de las fechas de los comicios como de la totalidad del cronograma electoral, en concordancia con el contenido del acuerdo del Consejo Universitario tomado en sesión N.º 6361, artículo 7b, celebrada el 12 de marzo de 2020 y con el Comunicado R-65-2020.

  5. De ahí que, para garantizar la salud pública, el derecho a la información, la voluntad popular y la legitimidad del acto electoral como principios básicos de cualquier sistema democrático, y con la finalidad de procurar la mayor participación de la comunidad universitaria, se debe reprogramar las fechas del proceso electoral.


 

RESUELVE QUE:

ACUERDO ÚNICO: Con base en lo anteriormente expuesto y en ejercicio de las potestades que otorga el Estatuto Orgánico y el Reglamento de Elecciones Universitarias:

  1. Se suspende y reprograma la Asamblea Plebiscitaria convocada para el día viernes 17 de abril de 2020, para la elección de la persona que ocupará el cargo a la Rectoría 2020-2024.

  2. Se informa a las candidaturas el acuerdo 1 de este comunicado, tomado en Sesión Extraordinaria N.º 3-2020 de este Tribunal, el día 16 de marzo de 2020 a las 06:30 p.m.

  3. Oportunamente este Tribunal dará a conocer las fechas correspondientes a la nueva programación.


 


 

M.L. Virginia Borloz Soto

Presidenta